El artículo que protege nuestra constitución es el 6. Este evita que la carta magna sea alterada.

Artículo 6.- Supremacía de la Constitución. Todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado. Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constitución.

GACETA OFICIAL 10805

https://mipais.jmarcano.com/wp-content/uploads/sites/4/2020/10/constitucion2015_completo.pdf